Ley de Ajuste Cubano

Áreas de Servicio

Visa para ProfesionalesVisas para Profesionales
Business visas (E1- E2 – L1) and derivativesVisas de negocios (E1- E2 – L1)
AsylumAsilo
Citizenship and NaturalizationCiudadanía y Naturalización
Residence or Green CardResidencia o Green Card
Family-Based PetitionPeticiones Familiares
Employment-Based PetitionsPeticiones basadas en Empleo
Labor certification an national interest waiverCertificación laboral y exención de interés nacional
Cuban Adjustment LawLey de Ajuste Cubano
Temporary Protected Status (TPS)Estatus de protección Temporal (TPS)
Adjustment of StatusAjuste de Estatus
Work permitPermiso de Trabajo
Nonimmigrant VisasVisas de No inmigrante
Student visasVisas de estudiante
Change of StatusCambio de Estatus

La Ley de Ajuste Cubano (CAA, por sus siglas en inglés) fue promulgada en 1966 como una medida especial que permite a ciudadanos cubanos y a ciertos miembros de su familia ajustar su estatus migratorio a residente permanente legal en los Estados Unidos, tras cumplir con ciertos requisitos básicos. Esta ley representa una de las vías más accesibles hacia la Green Card para ciudadanos cubanos.

¿Qué beneficios ofrece la Ley de Ajuste Cubano?

Posibilidad de obtener residencia permanente legal sin necesidad de patrocinador.
Tiempos de tramitación más cortos comparados con otros procesos migratorios.
Permite solicitar autorización de empleo y permiso de viaje mientras se procesa el ajuste.
Aplica también a familiares inmediatos, como cónyuges e hijos menores de 21 años, incluso si no son ciudadanos cubanos.
Proporciona flexibilidad migratoria, incluyendo la opción de solicitar exenciones si existen causales de inadmisibilidad.

Requisitos de Elegibilidad

Para ser elegible bajo la Ley de Ajuste Cubano, se deben cumplir los siguientes criterios:

1. Nacionalidad: Ser ciudadano o nativo de Cuba y poder demostrarlo fehacientemente con documentos oficiales.
2. Ingreso legal a EE. UU.: Haber sido inspeccionado y admitido por un puerto de entrada, o haber recibido un parole (permiso temporal).
3. Residencia continua: Haber vivido físicamente en EE. UU. durante al menos un año antes de presentar la solicitud.
4. Presencia física: Estar físicamente presente en el país en el momento de presentar el Formulario I-485.
5. Admisibilidad: Cumplir con los requisitos generales de admisibilidad para la residencia permanente en EE. UU.

¿Cómo probar la ciudadanía cubana?

Para acreditar tu nacionalidad, puedes presentar:

Pasaporte cubano vigente o vencido.
Certificado de nacimiento emitido en Cuba.
Certificado de nacionalidad o carta oficial emitida por el gobierno cubano.

¿Qué puede impedir que seas elegible?

Existen ciertos factores que pueden convertirte en inadmisible bajo la ley migratoria estadounidense. Entre ellos:

Antecedentes penales (delitos graves, violencia, narcotráfico).
Problemas de salud pública (enfermedades transmisibles, trastornos mentales peligrosos).
Vínculos con el terrorismo o amenazas a la seguridad nacional.
Violaciones previas a las leyes migratorias, como reingreso ilegal o fraude.

Sin embargo, es importante destacar que en algunos casos puedes solicitar una exención (waiver) si presentas causas de inadmisibilidad, lo que permite aún optar por el beneficio si el gobierno lo autoriza.

Documentación y Formularios Relevantes

Formulario I-485 – Solicitud de Registro de Residencia Permanente.
Formulario I-693 – Examen médico de inmigración y vacunas.
Formulario I-765 – Autorización de empleo (opcional).
Formulario I-131 – Permiso de viaje o “Advance Parole” (opcional).
Documentos de nacionalidad y entrada legal.
Evidencia de residencia continua en EE.UU. durante al menos 1 año (facturas, contratos, registros escolares o laborales, etc.).

Preguntas Frecuentes (FAQs)

Embajadas de USA en América